Derecho

Testamento vital

El testamento vital se utiliza cuando el solicitante se encuentra en un delicado estado de salud y por ello se solicita ante un ente judicial que se redacte un testamento vital antes de que el mismo pierda sus facultades tanto físicas como mentales y donde a su vez se otorgan ciertas instrucciones acerca del momento en el que el usuario en cuestión fallezca.

¿Qué es un testamento vital?

El testamento vital es todo documento elaborado por una persona que padezca de alguna enfermedad terminal por la cual se halle convaleciente. Es un documento, en el cual la persona que se encuentra cerca de la muerte expresa las instrucciones a seguir cerca o después de esta, como los últimos cuidados a tener o qué se hará con su cuerpo una vez este haya fallecido.

En qué consiste

Cuando una persona presenta una condición de salud muy delicada, o se encuentra en sus últimos momentos, es preferible que, mucho antes de que esta pierda el control o el dominio de sus facultades (físicas y mentales), se haya redactado un Testamento Vital. Se trata este de aquel documento en donde una persona, poco antes de estos fatídicos momentos, da instrucciones al respecto de sus cuidados médicos y/o del destino de su cuerpo un vez fallecido.

Origen

Se trata de un concepto nacido en EEUU (living will en su idioma original), en la segunda mitad del siglo XX, y de la mano del abogado chicagüense Luis Kutner. Para el año 1969, Kutner publica en una revista de leyes norteamericana un modelo de este documento, a fin de respetar los deseos o últimas voluntades del paciente que se encuentra en una situación de enfermedad terminal. Este modelo fue defendido por Kutner a fin de considerar el derecho a una muerte digna.

Cómo hacer un testamento vital

Diversas asociaciones en el mundo han dado recomendaciones a tomar en cuenta a la hora de redactar un Testamento Vital. Dependiendo de los intereses de la persona, en este documento se puede decir si esta desea tratamientos médicos o no, y su validez dependería de la comunidad autónoma en donde se redacte y los procedimientos bajo los que se someta. Esto quiere decir que el testamento vital puede ser:

Sea cual sea el método escogido, el documento tiene que ser presentado por escrito y con la firma del convaleciente.

Dónde hacer un testamento vital

El testamento vital puede ser redactado en cualquier espacio y con la participación de cualquier persona, dependiendo de la modalidad con la que se vaya a formalizar. En España, este documento tiene que ser presentado ante Registro de Instrucciones Previas de la región en donde se residencie.

Testamento vital por país

Como cualquier documento, las características del Testamento Vital pueden estar influidas por las leyes del país en donde se haga. A continuación, mostraremos algunos casos como son los de España o México:

Caso España

Desde el año 2002, este documento adquirió un estatuto legal en el país ibérico. Desde entonces, gracias a las políticas de promoción y concientización del Testamento Vital, para el 2013 la cantidad de casos en donde se ha registrado este documento superan los 100000.

Caso México

En relación a México, aun cuando las leyes que rigen la administración no son tan distintas (en lo aparente) del modelo español, se ha podido ver que solo hasta el 2013 poco más de 2000 ciudadanos procesaron este documento. Esto último se piensa que sucede debido al poco alcance que las políticas de promoción han logrado obtener en la población mexicana, aparte de los posibles prejuicios existentes dentro del imaginario del ciudadano de ese país (confundir eutanasia con ortotanasia).

Modelo de ejemplo

Dependiendo de la asociación y/o región en donde se haga, el Testamento Vital, los modelos para su redacción pueden ser sumamente diversos. A manera de ejemplo, se expondrá el modelo elaborado por la Asociación Federal Derecho a Morir Dignamente:

“Yo _______________________con D.N.I. _________ Mayor de edad, con domicilio en ________

En plenitud de mis facultades, libremente y tras una adecuada reflexión, declaro: Que no deseo para mí una vida dependiente en la que necesite la ayuda de otras personas para realizar las “actividades básicas de la vida diaria”, tales como bañarme, vestirme, usar el servicio, caminar y alimentarme.

Que si llego a una situación en la que no sea capaz de expresarme personalmente sobre los cuidados y el tratamiento de mi salud a consecuencia de un padecimiento (tales como daño cerebral, demencias, tumores, enfermedades crónicas o degenerativas, estados vegetativos, accidentes cerebrovasculares o cualquier otro padecimiento grave e irreversible) que me haga dependiente de los demás de forma irreversible y me impida manifestar mi voluntad clara e inequívoca de no vivir en esas circunstancias, para poder morir con dignidad, mis instrucciones previas son las siguientes:

  1. Limitación del esfuerzo terapéutico: no deseo que se prolongue mi vida por medios artificiales, tales como técnicas de soporte vital, fluidos intravenosos, fármacos (incluidos los antibióticos) o alimentación artificial (sonda nasogástrica).
  2. Cuidados paliativos: solicito unos cuidados adecuados al final de la vida, que se me administren los fármacos que palíen mi sufrimiento, especialmente –aun en el caso de que pueda acortar mi vida- la sedación terminal, y se me permita morir en paz.
  3. Si para entonces la legislación regula el derecho a morir con dignidad mediante eutanasia activa, es mi voluntad evitar todo tipo de sufrimiento y morir de forma rápida e indolora de acuerdo con la lex artis ad hoc.

De acuerdo con la Ley designo como Representante a __ / Tres testigos (en su caso) __ Firmas de todos ellos y el signatario”

Escrito por Grecia Calderón
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¿Cómo citar este artículo?

Calderón, Grecia. (2019). Testamento vital. Recuperado el 24 febrero, 2024, de Euston96: https://www.euston96.com/testamento-vital/

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